Europapress.- La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado la
nulidad de las cláusulas suelo, en los casos de "falta de
transparencia" a los consumidores, tras su reunión en pleno, en la que ha
estimado parcialmente un recurso de casación en el que se planteaba un asunto
sobre este umbral mínimo de los tipos de interés en las hipotecas.
En un comunicado, el Supremo aclara que
este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas,
al tiempo que razona que esta decisión tampoco significa la nulidad de las
denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia
respecto de los consumidores.
Una
vez que se redacte por el magistrado ponente, la sentencia se notificará a las
partes.
UN JUEZ PODRÁ PARA UN DESAHUCIO
El
ministro de Economía, Luis de Guindos, ha avanzado que el Gobierno modificará
la normativa hipotecaria para permitir que los jueces puedan paralizar los
procesos de desahucio y tener así tiempo de investigar si se han aplicado
cláusulas abusivas, más allá de definir más concretamente qué se considera
cláusula abusiva.
Así
lo ha avanzado durante la sesión de control al Gobierno en el Pleno del
Congreso, donde ha sido preguntado sobre este asunto tanto por la portavoz
socialista de Vivienda, Leire Iglesias, como por el portavoz adjunto de CiU,
Pere Macias.
El
ministro, que ha afirmado que se aprovechará la tramitación del proyecto de ley
Antidesahucios y de la iniciativa legislativa popular (ILP) para introducir
estas previsiones a través de las enmiendas del PP, ha asegurado que los
cambios darán cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea (TJUE), que considera la normativa española contraria al derecho
comunitario en lo que se refiere a la protección de los consumidores.
"Vamos
a incorporar la sentencia a la normativa española en toda su extensión. Vamos a
modificar el procedimiento para que pueda haber un trámite de suspensión en el
que el juez considere si hay cláusulas abusivas, y también vamos a definir qué
son cláusulas abusivas", ha dicho el ministro.
MEDIDAS
CAUTELARES
En
este sentido, se dará a los jueces que tramitan las ejecuciones hipotecarias la
"posibilidad de tomar medidas cautelares", como ya les reconoce de
forma implícita la sentencia europea, y además se introducirán cambios tanto en
la Ley Hipotecaria como en la de Enjuiciamiento Civil para dar cumplimiento a
la falta de protección del consumidor que señala el Tribunal de Luxemburgo por
la imposibilidad de plantear su oposición a la ejecución alegando la existencia
en el contrato de cláusulas abusivas.
Con
respecto a este tipo de cláusulas, De Guindos ha reiterado dos de las enmiendas
que él mismo anunció hace un par de meses, y que supondrán limitar los
intereses de demora a tres veces el precio del dinero (aproximadamente un 12%)
y elevar de uno a tres el número de impagos mínimos para poder ejecutar la
hipoteca y reclamar la totalidad de la cuota.