jueves, 21 de marzo de 2013

El Supremo anula las cláusulas suelo y un juez podrá parar los desahucios en caso de abusos




Europapress.- La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo, en los casos de "falta de transparencia" a los consumidores, tras su reunión en pleno, en la que ha estimado parcialmente un recurso de casación en el que se planteaba un asunto sobre este umbral mínimo de los tipos de interés en las hipotecas.

En un comunicado, el Supremo aclara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas, al tiempo que razona que esta decisión tampoco significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores.

Una vez que se redacte por el magistrado ponente, la sentencia se notificará a las partes.

UN JUEZ PODRÁ PARA UN DESAHUCIO

El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha avanzado que el Gobierno modificará la normativa hipotecaria para permitir que los jueces puedan paralizar los procesos de desahucio y tener así tiempo de investigar si se han aplicado cláusulas abusivas, más allá de definir más concretamente qué se considera cláusula abusiva.
  
Así lo ha avanzado durante la sesión de control al Gobierno en el Pleno del Congreso, donde ha sido preguntado sobre este asunto tanto por la portavoz socialista de Vivienda, Leire Iglesias, como por el portavoz adjunto de CiU, Pere Macias.
  
El ministro, que ha afirmado que se aprovechará la tramitación del proyecto de ley Antidesahucios y de la iniciativa legislativa popular (ILP) para introducir estas previsiones a través de las enmiendas del PP, ha asegurado que los cambios darán cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que considera la normativa española contraria al derecho comunitario en lo que se refiere a la protección de los consumidores.
  
"Vamos a incorporar la sentencia a la normativa española en toda su extensión. Vamos a modificar el procedimiento para que pueda haber un trámite de suspensión en el que el juez considere si hay cláusulas abusivas, y también vamos a definir qué son cláusulas abusivas", ha dicho el ministro.

MEDIDAS CAUTELARES
  
En este sentido, se dará a los jueces que tramitan las ejecuciones hipotecarias la "posibilidad de tomar medidas cautelares", como ya les reconoce de forma implícita la sentencia europea, y además se introducirán cambios tanto en la Ley Hipotecaria como en la de Enjuiciamiento Civil para dar cumplimiento a la falta de protección del consumidor que señala el Tribunal de Luxemburgo por la imposibilidad de plantear su oposición a la ejecución alegando la existencia en el contrato de cláusulas abusivas.
    
Con respecto a este tipo de cláusulas, De Guindos ha reiterado dos de las enmiendas que él mismo anunció hace un par de meses, y que supondrán limitar los intereses de demora a tres veces el precio del dinero (aproximadamente un 12%) y elevar de uno a tres el número de impagos mínimos para poder ejecutar la hipoteca y reclamar la totalidad de la cuota.
   

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