En Puerto de la Cruz, a
18 de marzo de 2014.-
Ante las interesadas
informaciones impulsadas por determinados grupos políticos, el Ayuntamiento de
Puerto de la Cruz quiere aclarar los siguientes puntos;
1º
AQUALIA, Aqualia Gestión Integral del Agua, S.A., es la actual concesionaria
del servicio municipal de agua potable y del servicio de saneamiento de aguas
residuales, en virtud del acuerdo de novación subjetiva autorizado por el pleno
en sesión de fecha 20 de noviembre de 2003, por el que se subrogó en los
derechos y obligaciones de la inicial adjudicataria del contrato la “Compañía
General de Aguas de España, S.A. (Omnium de Trataimentes et de Valorisation,
S.A.) y Compagnie Generale Des Eaux, S.A.”, cuya adjudicación se realizó el 25
de abril de 1991.
2º
En mayo de 2012 se produce la caída del Depósito Charca La Vera, lo que llevó
al Ayuntamiento de Puerto de la Cruz a tomar una serie de medidas encaminadas a
una rápida solución de la incidencia, abriendo negociaciones con la empresa
AQUALIA para la instalación y realización de un ByPass que permita la reposición
del servicio, y provocando además la liberalización del mencionado depósito
para su rehabilitación, una vez cumplimentados los informes técnicos sobre las
competencias a la hora de realizar los trabajos.
3º
El día 24 de octubre de 2013 tuvo entrada en este Ayuntamiento escrito del
Director del Área de Salud de Tenerife, del Servicio Canario de Salud con el
siguiente requerimiento:
“En relación
con los problemas relativos a elevados valores del parámetro turbidez que
vienen detectándose a la salida de los depósitos de agua de consumo humano de
Mar Dulce y La Montaña ,
los cuales son susceptibles de comprometer la eficacia de la actuación de
agentes desinfectantes, que han sido comunicados al gestor Aqualia, S.L. y
teniendo presente que los citados depósitos carecen de sistema de filtración
previo a la entrada, incumpliendo lo establecido en el artículo 10.1 del Real
Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen criterios
sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, así como lo dispuesto en
el Programa Autonómico de Aguas de Consumo Humano, aprobado por Resolución de la Dirección General
de Salud Pública de 9 de junio de 2005, vengo en formular requerimiento
con objeto de que, en un plazo de diez días contados a partir del siguiente al
de notificación del presente escrito, proceda a aportar plan de actuaciones
para la instalación de sistemas de filtración adecuados previos a la entrada de
agua a los depósitos indicados.
Finalmente le
informo que el cumplimiento de los requerimientos formulados por la autoridad
sanitaria pueden ser constitutivos de falta grave de acuerdo con lo establecido
en el artículo 35 de la Ley
14/1985, de 25 de abril, General de Sanidad”
4º
Con fecha 30 de octubre de 2013 el Alcalde-Presidente dicta decreto por el que
requiere a la concesionaria AQUALIA para
que “en el plazo más brevemente posible,
y, en todo caso, antes del plazo de diez
días, proceda a la elaboración del plan de actuaciones y la implementación de
la instalación de sistemas de filtración adecuados, previos a la entrada de
agua a los depósitos municipales de Mar Dulce y La Montaña ” conforme al
requerimiento realizado por el Servicio Canario de Salud a este Ayuntamiento.
5º
Recibido con fecha 31 de octubre por la concesionaria el escrito al que se
refiere el antecedente anterior, con fecha 8 de noviembre de 2013 presenta
recurso de reposición contra el mismo con base en las siguientes alegaciones:
.- En
relación con el plan de actuaciones manifiesta que ya en una memoria presentada
el 24 de octubre de 2013, relativa a las obras de instalación de sistema de
filtración, se proponía al Ayuntamiento una serie de obras de inversión entre
las que se encontraban los sistemas de filtración previos a la entrada de agua
en los depósitos. Se acompaña, no obstante, un anexo II de plan de actuaciones
para la instalación del sistema de filtración solicitado.
.- En cuanto
a la implementación de la instalación de los sistemas de filtración, la
concesionaria expone sus razones por las cuales entiende que ha de ser este
Ayuntamiento quien asuma los costes que lleve aparejada, sin perjuicio de que
esta Administración pueda optar por que sea AQUALIA quien los sufrague
inicialmente, articulando una forma de retribución posterior. Para ello parte
de la calificación de las actuaciones a realizar como trabajos de ampliación o
mejora.
6º
El día 27 de noviembre de 2013 por el Concejal Delegado del Área de Desarrollo
Económico, Comercio y Concesiones se formula requerimiento a la empresa
concesionaria para que, a la mayor brevedad posible, presente proyecto de
ejecución del sistema de filtración del depósito de Mar Dulce y La Montaña , adicionando al
mismo una propuesta de financiación y una propuesta de recuperación de la
inversión, justificando, en su caso, la modificación de la retribución del
concesionario, que incluya la recuperación de los costes de la inversión.
7º
El día 29 de noviembre de 2013 (recibido por la concesionaria el 9 de diciembre
siguiente) el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz solicita a la empresa
concesionaria la emisión de informe sobre las circunstancias, actuaciones
realizadas y demás hechos de relevancia relacionados con las deficiencias
detectadas en el suministro de agua potable a diferentes núcleos poblacionales
del municipio.
8º
El 12 de diciembre de 2013 tiene entrada en el registro de esta Corporación
municipal en contestación al requerimiento al que se refiere el punto 5
anterior, al que adjunta el Proyecto “Filtración del agua procedente del depósito
Mar Dulce para su almacenamiento en el depósito en La Montaña y distribución a
diversas poblaciones de Puerto de la
Cruz ” y en el que expone que “la propuesta de aprobación del proyecto de ejecución que se traslada a
esa Corporación Municipal queda vinculada de forma expresa e inseparable a la
aprobación simultánea por parte del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz de la propuesta de
financiación de la citada instalación y de la propuesta de recuperación de esta
inversión (…)”.
9º
En contestación a la solicitud de informe a la que se refiere el antecedente
6º, con fecha 23 de enero de 2014 AQUALIA presenta escrito donde explica las
incidencias surgidas y las medidas que se han ido adoptando para solucionarlas,
en coordinación con la autoridad autonómica sanitaria.
10º
Con fecha 19 de febrero de 2014 el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz se formula
nuevo requerimiento a AQUALIA para que lleva a cabo las actuaciones necesarias
encaminadas a la instalación de los sistemas de filtración adecuados para
garantizar la calidad del agua de consumo humano, plasmadas en los siguientes
proyectos:
.- “Filtración del agua
procedente del depósito Mar Dulce para su almacenamiento en el depósito en La Montaña y distribución a
diversas poblaciones de Puerto de la
Cruz ”. Constan en el expediente informes del Técnico de Medio
Ambiente municipal de fechas 2 de diciembre de 2013 y 26 de febrero de 2014, en
los que solicita aclaración técnica a la concesionaria sobre la ejecución de este
proyecto.
.- “Renovación Parcial
del depósito Charca La Vera ”.
Este consiste en la adaptación de depósito a la normativa vigente donde se
ejecutará el bi-compartimentado y una nueva cubierta con su sistema de
filtración en la actual ubicación del depósito fuera de servicio actualmente
por desprendimiento parcial de la cubierta.
11º
Obra en el expediente providencia, de fecha 7 de marzo de 2014, por la que
ordena al técnico que suscribe la emisión de informe sobre si es obligación de
este Ayuntamiento asumir los costes de la implantación de los proyectos a los
que se refiere al antecedente anterior.
12º
A fecha de hoy (18 de marzo de 2013) el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz
mantiene abiertos DOS EXPEDIENTES INFORMATIVOS a Aqualia, y un EXPEDIENTE
SANCIONADOR.
13º
Es rotundamente FALSO que el Grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Puerto de la
Cruz defienda intereses privados, pero no participará en ninguna guerra ni
juicios públicos. Trabaja y hace todo lo posible para conseguir el objetivo prioritario planteado
desde el inicio del problema, que no es otro que la preocupación por los
vecinos afectados. Sin embargo consideran que diferentes informaciones
publicadas y realizadas por algunos concejales de la oposición, el resolver el
problema que afecta a los vecinos les preocupa muy poco y lo que han priorizado
es la rentabilidad política que este grave problema les puede proporcionar.
Para el Grupo de Gobierno este asunto es PRIORITARIO desde un primer momento.
14º El Grupo de Gobierno LAMENTA el IRRESPONSABLE PAPEL de algunos
grupos de la oposición, que primero piden la colocación de depósitos en las
zonas afectadas, para luego denunciar, FALSAMENTE, su falta de higiene una vez
colocados y sin saber que contaban con el visto bueno de Sanidad Pública,
provocando una ALARMA INNECESARIA, o cuando pedían la urgente colocación de los
filtros y luego amenazaban en los medios de comunicación con acudir a la
justicia si los costeaba el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, con el objetivo
de dilatar la solución al problema que afecta a los vecinos , y sin querer
darse cuenta que el OBJETIVO PRIORITARIO ERA Y ES DAR SOLUCIÓN AL PROBLEMA,
pero dejando claro que su prioridad era el sacar rédito político.
15º El Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, a través de las figuras
del Alcalde, Marcos Brito, y de la Concejala de Sanidad, Antonia María
Dominguez, han mantenido diversos encuentros con los vecinos, recogiendo sus
peticiones y dudas, y dándoles traslado tanto a la empresa concesionaria como a
la Dirección General de Salud Pública, pero SIEMPRE manteniendo un contacto
DIRECTO con los vecinos.
16º En una de las reuniones el Alcalde de Puerto de la Cruz les
comunicó su compromiso de instalar los filtros necesarios y la rehabilitación
del Depósito de La Vera, inutilizado desde 2012.
17º Se ha resuelto la financiación de los filtros, costeada por el
Plan Insular de Cooperación, lo que posibilitó el que pudieran ser encargados
desde el pasado mes de febrero a la fábrica, requiriéndose a la empresa
concesionaria su instalación inmediata.